Significado de Accidente de Trabajo (Definición, Concepto, Qué es)

Accidente de Trabajo


1. Significado de Accidente de Trabajo

Un accidente de trabajo es el que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo a su casa. En este último caso el accidente recibe el nombre de in itinere.
A partir de 2005, la definición de accidente laboral también incluye a los trabajadores autónomos que previamente así lo soliciten a la Seguridad Social y abonen las cuotas sociales correspondientes.
Es por tanto necesario que se cumplan las siguientes características:
1. Lesión corporal, que puede ser física o psíquica.
2. Que el trabajador sea por cuenta ajena o esté dado de alta en la contingencia de accidente de trabajo como autónomo por cuenta propia.
3. También se extiende el concepto a los trabajadores socios de sociedades mercantiles.
4. Que el accidente con ocasión o por consecuencia del trabajo.
Se consideran asimismo laborales en España, a diferencia del resto de los países del entorno:
• Los accidentes que ocurren al ir o volver del trabajo. Denominados accidentes in itinere.
Es necesario para considerar in itinere un accidente laboral que se haya producido entre el domicilio habitual del trabajador y el puesto de trabajo. No se considerará accidente laboral, si se producen interrupciones en el camino para realizar actos ajenos al trabajo o se dirige desde el trabajo a lugares distintos del domicilio habitual.
• Los que desempeñe el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical o de gobierno de las entidades gestoras, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en el que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
• Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecuta el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
• Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
• Las enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre y cuando se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la realización del mismo y no esté catalogada como enfermedad profesional.
• Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
• Los infartos de miocardio, trombosis, hemorragias cerebrales o similares cuando se producen a causa o consecuencia del trabajo.
No se considerará accidente de trabajo:
• La Imprudencia temeraria, aunque sí la imprudencia profesional.
• El accidente que se produce en el puesto de trabajo cuando el accidentado está cometiendo un delito doloso.
• Los infartos de miocardio, trombosis, hemorragias cerebrales o similares si no son producto del trabajo.


2. Definición de Accidente de Trabajo

El concepto de accidente de trabajo es aquel que se aplica a todo riesgo, acción o hecho que suponga una dolencia o daño para una persona mientras la misma se encontraba trabajando. El accidente de trabajo es una situación muy compleja porque además de dejar lesiones en el cuerpo (y quizás también en la psiquis) de la persona, supone que la misma, al menos por un tiempo, no puede retomar su actividad laboral.
Gracias a la lucha por los derechos de los trabajadores, hoy en día existe legislación en la mayoría de los países que establece que todos aquellos accidentes generados en el ámbito laboral deben ser cubiertos por una aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.) y además el empleador se debe hacer cargo de cubrir los gastos o las licencias que el empleado deba tomar como consecuencia del accidente. Sin embargo, esto no quiere decir que en la realidad esta legislación se aplique siempre y por eso muchos trabajadores en negro o no registrados deben sufrir la dura situación de quedar lesionados y desempleados ante circunstancias de este tipo.
Los accidentes de trabajo son en la mayoría de los casos hechos que suceden por situaciones fortuitas, pero en muchos casos pueden generarse también por la desidia y la negligencia con que las empresas o empleadores hacen trabajar a sus operarios o empleados. Así, por ejemplo, en el rubro de la construcción es muy común hablar de derrumbes por sectores mal construidos o lesiones serias por falta de uso de elementos de seguridad como cascos, arneces, cinturones de seguridad, guantes, ropa de material ignífugo, etc. En muchos casos, los accidentes del trabajo pueden incluso generar la muerte. En otros casos, los accidentes pueden producirse fuera del ámbito laboral cuando la persona se encuentra yendo o volviendo del mismo (por ejemplo, un robo en la vía pública o un accidente de tránsito).
Es por esto que es muy importante tener en cuenta que todo trabajador debe estar cubierto por un seguro adecuado que le facilite al empleado la cobertura por todas las complicaciones que el accidente pueda generar así como también una digna licencia que le permita seguir gozando de su sueldo aún si no se está trabajando debido a las lesiones generadas por el accidente.

3. Concepto de Accidente de Trabajo

La ley 24.557 sobre riesgos del trabajo en la Argentina define al accidente de trabajo en su artículo 6, como el acontecimiento violento y súbito (repentino) que ocurra en ocasión del trabajo en relación de dependencia, comprendiendo también el trayecto de ida y vuelta al lugar de desempeño laboral (“in itinere”). Si el trayecto hubiera sido modificado o suspendido por el trabajador sin causa (la causa del desvío o interrupción justificado debe probarse, y son la asistencia a otro trabajo, enfermedad de un familiar que no conviva con el, o por causa de estudios) no quedará amparado por la ley.
El sujeto pasivo del accidente, en virtud del mismo, puede sufrir una incapacidad laboral permanente o transitoria que es causal de suspensión del contrato de trabajo. Los accidentes que produzcan las lesiones durante el trabajo pueden ser ocasionados por incendios, golpes, caídas de objetos, cortes con algunas herramientas de trabajo, descargas eléctricas, etcétera. “In itinere” pueden ser colisiones de tránsito, caídas por tropiezos, o golpes, mordeduras de animales, etcétera.
En Argentina la encargada de proteger al trabajador accidentado es la ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo) donde deberá hacerse la denuncia del accidente por parte del empleador o del propio trabajador. Será la ART la que se encargue de las prestaciones dinerarias y en especie (medicamentos, asistencia médica, ortopedia, rehabilitación y gastos de sepelio). El empleador sólo responde en caso de haber obrado con dolo, aunque los tribunales han aceptado que puede ser demandado civilmente, considerando que la irresponsabilidad que le otorga la ley es inconstitucional.
El artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el trabajador gozará del pago de su sueldo por tres meses si su antigüedad laboral fuera de hasta 5 años y del pago de 6 meses si su antigüedad fuera mayor. Estos períodos se duplican en caso de tener cargas de familia.



Última actualización de esta pagina el 11 de noviembre de 2020


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