Tratado de Coche: fin de la guerra

Capítulo 4. De la Gran Colombia a la Federación 1821 / 1870

Unidad 11. Venezuela federal 1858 / 1870


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Tras la firma del Tratado de Coche, las fuerzas federalistas del centro entran a la capital con Guzmán Blanco a la cabeza.


127-02En 1863 se enrumban las negociaciones de paz entre la dictadura y los federales, aunque las hostilidades prosiguen en distintas zonas del país. Desde el punto de vista formal, la Guerra Federal concluye el 24 de abril con la firma de un convenimiento entre Guzmán Blanco en nombre de Falcón, jefe del ejército federal, y Pedro José de Rojas, delegado de Páez. El acuerdo es conocido como Tratado de Coche por el nombre de la hacienda próxima a Caracas donde se suscribió.
Las condiciones del acuerdo comprenden el reconocimiento de Páez como jefe supremo de la República, la convocatoria de una Asamblea Nacional equilibrada, una mitad de sus miembros elegida por el gobierno y la otra por el general Falcón, y el cese de las hostilidades.
Las objeciones al Tratado no se hicieron esperar. Luego de varios ajustes, el 22 de mayo es ratificado en Caracas por los referidos firmantes. La significación del documento radica en el reconocimiento del triunfo de la federación y en el final de una destructiva contienda civil de grandes proporciones.
Conforme a lo previsto, Páez convoca a la Asamblea, decreta la amnistía general, nombra a Falcón presidente provisional y a Guzmán Blanco vicepresidente. El nuevo mandatario llega a Caracas el 24 de julio; la multitud delira ante sus palabras: “Los elogios que se me prodigan se deben sólo al pueblo. De él son los sacrificios; de él son las virtudes: a él sólo pertenece la gloria. Sólo el pueblo es soberano: ¡Viva la Federación!”
Para dar cumplimiento a los principios doctrinarios anunciados por la federación, el 18 de agosto dicta el decreto de Garantías, marco legal de una sociedad liberal democrática. El decreto consagra el derecho a la vida, a la libertad, propiedad, igualdad ante la ley, seguridad individual, inviolabilidad del hogar y de la correspondencia, así como libre expresión del pensamiento. Por tanto, se suprime la figura del delito en materia de imprenta, y se eliminan la pena de muerte, el confinamiento y el destierro. Se reconoce el derecho al sufragio para hombres mayores de 18 años y el de asociación pacífica. Todo esclavo que pise el territorio nacional será libre. El funcionario que incumpla el Decreto será tratado como “traidor de la patria”.
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