Biografía de ciudad del Vaticano

La ciudad de Dios

07 de junio de 1929
El nacimiento del Estado Vaticano en 1929, con la firma de los Pactos Lateranenses, pone fin a casi 50 años de desacuerdos entre iglesia y estado. El acuerdo se inicia por iniciativa de Mussolini, consciente de la gran influencia que la iglesia ejercía sobre la población italiana. Por supuesto, el dictador estaba lejos de abrazar esos valores humanos y morales típicos del cristianismo pero sólo quería encubrir su régimen de aura humanística y benevolente. Básicamente la operación era, a su vez, una instrumentalización de la iglesia y el cristianismo como un todo. Don Luigi Sturzo, que había sido forzado a disolver el partido popular escribió: "los fascistas volver rentables mostrarse católicos y proclamar los derechos de la religión. Pero es bien sabido que en general ni su concepción de la vida, ni su ideal de estado no tiene nada que ver con el catolicismo como una religión y moral. Quieren el estado respaldado por la iglesia, sino por una iglesia a servir y no dominar en ayudar y no pregunto". Para ello la entonces reinante Pontífice apeló Mussolini Pío XI, con el señuelo de hierro hacia fuera finalmente los contrastes entre las dos instituciones y reconciliar de una vez por todas requisitos del estado italiano con los de la iglesia católica.

El Tratado de Letrán

Los pactos fueron llamados "De Letrán" debido al lugar donde la firma, a saber St John Lateran, la Residencia Papal. Los pactos se compone de dos partes. 1) del Tratado acerca de la reconstrucción de los Estados Pontificios dentro de los límites de la ciudad del Vaticano. Reconoce la necesidad, "para la Santa Sede la independencia absoluta y visible", para establecer un territorio autónomo en el que el Papa puede ejercer su plena soberanía. Así nació la ciudad del Vaticano. 2) acuerdo sobre las relaciones entre iglesia y estado, que establece un subsidio para los bienes de la iglesia pasado al estado italiano. Confirmó también el artículo 1 de la Statuto albertino, que "la religión católica, apostólica y romana" era considerada la única religión del estado.

Características de los Estados Pontificios

Tiene una superficie de 440.000 cuadrados metros de los cuales ocuparon el Palacio Apostólico y 55000 sobre 25000 de una veintena de patios y plazas, como la piazza di San Pietro. Fuera del territorio del estado gozan del derecho de extraterritorialidad algunas áreas menores situadas en territorio italiano, en el que se construyen iglesias o palacios, en las oficinas generales de la Santa Sede. La ciudad del Vaticano es un sujeto de derecho internacional distinta de la de la Santa Sede, siendo el primero en la relación de la subordinación de este último. Entre los dos hay una Unión personal, como el Papa ejercicios supremo poder. El Pontífice, Jefe Supremo de la iglesia, es el gobernante del estado, con la plenitud de los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales (Ley de 01 de julio de 1969, establece que el Sumo Pontífice ejercerá los poderes legislativo y ejecutivos por medio de una Comisión, asistida por un órgano consultivo, es decir, el Consejo de cardenales, quien nombró a un período de cinco años). El estado tiene su propia estación de ferrocarril, una estación de radio, su propia bandera, toma la moneda, estampilla, él emite cortes, técnica, económica y servicios de salud.
La protección de la persona del Papa y en general el orden dentro del estado se confía a Suiza y el protector del cuerpo supervisor. La organización civil y eclesiástica del estado es autónoma. Representación internacional está garantizada por la Santa Sede; Esto es parte de diversas organizaciones internacionales, por ejemplo la Unión Postal Universal, Unión Internacional de telecomunicaciones, la Unión Europea de radiodifusión. El poder judicial tanto en civil importa (excepto casos bajo la jurisdicción de la corte sólo) y en el proceso penal se ejerce por el Tribunal de primera instancia y el Tribunal de apelación. También existe un Tribunal Supremo del estado. Derecho penal y derecho procesal penal se establecieron en 1969. ¿Administración eclesiástica y religiosa pertenece? ¿objeto el establecimiento de 1929? el Vicario General de su santidad: su jurisdicción se extiende también al Palacio Papal de Letrán y en las villas Pontificias de Castel Gandolfo; exentos de la Basílica y la Casa Rectoral de San Pedro.
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