Significado de Plenario (Definición, Concepto, Qué es)

Plenario


Plenario – Definición de Plenario, Concepto de Plenario, Significado de Plenario

1. Concepto de Plenario

Plenario, que procede del latín plenarĭus, es un concepto que puede emplearse como adjetivo o como sustantivo. En el primer caso, permite calificar a algo que está completo o pleno.
Como sustantivo, plenario refiere a la junta general que organiza una entidad, reuniendo a todos sus representantes o integrantes. Por ejemplo: “Dos intendentes se comprometieron a declarar ante el plenario de comisiones legislativas”, “El plenario de los secretarios sindicales finalizó sin que se llegué a un acuerdo sobre las medidas a tomar”, “Mañana se iniciará el plenario de obispos que tendrá como objetivo la elaboración de un documento sobre el estado actual de la Iglesia”.
La noción de plenario también se utiliza en el ámbito del derecho. Así se denomina a la etapa de un procedimiento judicial que se inicia tras el sumario y que llega hasta el momento de la sentencia. En esta instancia, los cargos y las acusaciones son expuestos y se contraponen a la defensa, sin que existan límites en la presentación de pruebas o de alegatos.
Un juicio plenario, por otra parte, es aquel en el que la posesión de un bien se analiza a partir del derecho de cada una de las partes en litigio, para que se pueda fallar a quién corresponde legalmente la posesión en cuestión.
La absolución plenaria, en cambio, refiere a aquella que se aplica a muchas personas de manera simultánea, absolviéndolas de culpa y cargo. En la religión, la absolución plenaria está vinculada a la decisión de un cura de absolver los pecados de uno o de muchos sujetos ante una urgencia (como inminencia de muerte).


2. Definición de Plenario

A través de la palabra plenaria se puede designar a aquella reunión o junta a la cual asisten todos los miembros que conforman una corporación, una organización, una compañía, entre otras.
En la plenaria, un grupo de individuos que pertenecen a la misma institución u organismo se reúnen con la motivación de debatir asuntos específicos e inherentes a la institución que representan e integran, siguiendo un orden del día, tal como se denomina a la comunicación escrita que le llega oportunamente a cada uno de los miembros de la organización en la cual se da cuenta de todos los puntos o temas que se discutirán o que requieren de una solución por parte de la plenaria, en tanto, los acuerdos a los que la misma va arribando serán plasmados en lo que se denomina formalmente acta de reunión.
En la mencionada acta, que consiste en un documento escrito, se registrarán cada uno de los temas tratados en la plenaria y por supuesto los acuerdos que se hayan alcanzado respecto de los mismos. Esta acta lo que hace es otorgarle valor legal a todo cuanto se haya acordado en la plenaria en cuestión. Si bien puede tratarse de documentos independientes, generalmente, las actas se encuentran reunidas en un libro de actas, cuyas páginas, además, aparecen numeradas, para así dar una coherencia, organización y temporalidad a cada uno de los encuentros de la plenaria.
A partir de la lectura del acta de reunión, quien no haya acudido a la plenaria o quien necesite saber que ocurrió en la misma, podrá acceder a un conocimiento general tanto de la estructura de la reunión, como también conocer los nombres de los asistentes y las diferentes cuestiones tratadas y resueltas en la misma.
Uno de los asistentes, elegido a tal efecto como secretario, será quien asiente en un papel cada uno de los momentos más salientes.
Por su lado, a instancias de la religión, la indulgencia plenaria consiste en el perdón total de las penas resultado de los pecados cometidos.

3. Significado de Plenario

plenario, -ria adj.
1 Completo o entero, especialmente referido a una reunión, sesión o indulgencia: sesión plenaria.
— s. m.
2 Reunión general de un grupo o conjunto de personas determinado.
3 Parte del proceso criminal que sigue al sumario hasta la sentencia.
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plenario, -ria
adj. Lleno, entero, completo, total.
adj.-s. Pleno (reunión).
m. DER. Parte del procedimiento penal que comienza cuando concluye el sumario, en el que se formulan los cargos y sen tencias.
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plenario, -ria (ple'naɾjo, -ɾja)
abreviación
1. completo que es total una convocatoria plenaria
2. reunión que cuenta con la presencia de todos los integrantes de un grupo El gremio convocó a una sesión plenaria.



Última actualización de esta pagina el 18 de noviembre de 2020


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