Significado de Abstención (Definición, Concepto, Qué es)


Abstención

Signifiicado de Abstención

Abstención significa carencia o privación de hacer, ejercer o consumir algo, aplicándose a los ámbitos más diversos. Es un no hacer voluntario, por el cual alguien permanece pasivo ante un estímulo. Por ejemplo quien se abstiene de comer para realizar un ayuno o de beber bebidas alcohólicas o de consumir drogas.
Se aplica muchas veces en política para hacer referencia a la abstención electoral, donde el pueblo se niega a votar. En los países con sufragio obligatorio, si esto sucede, el elector puede ser pasible de una sanción; por lo tanto, lo usual para demostrar su disconformidad, es votar, pero hacerlo en blanco o en forma nula, no absteniéndose de sufragar, sino de elegir a un candidato determinado. En ocasiones la abstención de sufragar no es voluntaria sino que existe algún impedimento para hacerlo: razones de salud, de distancia, no estar incorporado al padrón, etcétera.
El radicalismo en Argentina, ejerció la abstención electoral en 1931, como medida de protesta ante el veto a la fórmula Alvear-Güemes como candidatos a la presidencia de la nación, por parte del gobierno dictatorial, posición que mantuvo hasta 1935. Esta política abstencionista fue la que también utilizó el radicalismo para luchar contra el fraude electoral que tuvo su desenlace en la Ley Sáenz Peña que eliminó el voto cantado.
En ciertas profesiones, también puede existir un derecho o un deber de abstención. Por ejemplo, en el primer caso si un abogado se abstiene de defender a un potencial cliente pues el hecho repugna a su moral, y en el segundo caso, si un Juez debe decidir el litigio donde una de las partes es un pariente suyo.

Concepto de Abstención

Abstención significa carencia o privación de hacer, ejercer o consumir algo, aplicándose a los ámbitos más diversos. Es un “No hacer voluntario“, por el cual alguien permanece pasivo ante un estímulo. La abstención, término que deriva de la voz latina “Abstentio“, es un no hacer o no obrar que normalmente no produce efecto jurídico alguno, aunque en ocasiones puede ser considerada como la exteriorización de una determinada voluntad y en tal sentido ser tenida en cuenta por el Derecho. En ciencia política, es el acto por el cual un potencial votante en unas elecciones decide no ejercer su derecho al voto, ya sea en unas elecciones generales o si, en un procedimiento parlamentario, el representante está presente en la votación pero no vota.
En ambos casos, el sujeto se atiene al resultado del voto de los electores que sí votaron, al igual que ocurre con el voto en blanco o el voto nulo. Aun cuando en los regímenes democráticos se asocia a la ciudadanía un deber cívico o moral de votar, que en algunos ordenamientos se convierte en deber jurídico, el abstencionismo electoral aparece con el sufragio mismo. Consiste simplemente en la no participación en el acto de votar de quienes tienen derecho a ello. El abstencionismo electoral, que se enmarca en el fenómeno más amplio de la apatía participativa, es un indicador de la participación: muestra el porcentaje de los no votantes sobre el total de los que tienen derecho de voto.
Aunque a efectos de cuantificar el grado de ignorancia popular a través de la abstención, se considera que la abstención recoge tanto los votos de quienes se dicen desconocedores de temas políticos (apolíticos) como de aquellos a quienes no les satisface el sistema en sí o ninguno de los candidatos o partidos que se presentan, por lo que muchas veces es difícil discernir la abstención por ignorancia y la abstención de protesta. En la actualidad existen países con tasas de abstención significativas en el tema electoral, como es el caso de Venezuela, sin embargo, existen campañas de ambos lados de la contienda con la intención de que el ciudadano se active y vaya a botar para colaborar con la decisión que al final es de todos.

Definición de Abstención

Abstención, en ciencia política, es el acto por el cual un potencial votante en unas elecciones decide no ejercer su derecho al voto, ya sea en unas elecciones generales o si, en un procedimiento parlamentario, el representante está presente en la votación pero no vota. En ambos casos, el sujeto se atiene al resultado del voto de los electores que sí votaron, al igual que ocurre con el voto en blanco o el voto nulo.
Aunque la abstención no suele considerarse una de las opciones ante la toma colectiva de una decisión, una alta abstención se considera generalmente como un desinterés o malestar entre el cuerpo de votantes que puede llegar a deslegitimar políticamente las elecciones o el propio sistema político. Ésa es una de las razones por las que en ocasiones la ley establece el sufragio obligatorio. En ocasiones, el carácter político de la abstención se ve reforzado si es necesario un determinado quórum (porcentaje de votantes efectivos sobre el total del cuerpo electoral) para dar validez al resultado.
Los primeros estudios sobre la abstención como práctica política establecían distinciones de votantes por la razón que ellos mismos daban para no acudir a votar. Más tarde, los diferentes autores han ido distinguiendo principalmente dos tipos de abstención, una voluntaria y otra involuntaria, y dentro del primer tipo, una subdivisión que incluyera una abstención con significación política, que se denominaría activa.
La tipología más generalmente aceptada parte de esa subdivisión para distinguir dos tipos de abstención:
• Abstención pasiva o sociológica: provocada por la propia falta de interés en la política en general o en la elección concreta que se dirime, o derivada del aislamiento geográfico o social del votante.
• Abstención activa o ideológica: considerada como un acto político de rechazo a la legitimidad del sistema político. En este último caso en ocasiones se considera como abstencionistas también a los votantes que emiten voto en blanco o nulo. Este último caso especialmente cuando desde una formación política o un sector social se propugna la no participación en una consulta popular como una postura política de protesta,7 incluso solicitando realizar para ello voto nulo.



Última actualización de esta pagina el 21 de octubre de 2020


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